Obra o apertura de actividad en Madrid paso a paso

 In Construcción y vivienda

Una obra o una apertura de actividad, o ambas cosas, requieren de unos pasos a seguir. Conocerlos te hará adelantarte a las posibles sorpresas.

Vamos a darte a conocer los pasos fundamentales, aunque pueden no aparecer en este orden. Legalizar una actuación es un proceso elaborado, al que hay que prestar atención.

Empezaremos por lo primero y más importante: definir las necesidades de tu actividad.

Obra o apertura de actividad: ¿qué necesito para mi negocio?

Lo primero que hay que plantearse es qué necesito en el local. Dependiendo del tipo de actividad, necesitaremos unos elementos u otros.

Hay que definir qué tipo de negocio se va a desarrollar en el local, es decir, establecer qué proyecto de actividad con justificación urbanística se necesita llevar a cabo. También que espacios e instalaciones voy a necesitar ahora o en el futuro.

Cuando se quiere legalizar una actuación, ya sea un proyecto de legalización de una vivienda unifamiliar, legalizar obras prescritas, legalizar obra sin licencia o legalizar obras fuera de ordenación, lo ideal es hacerlo en su totalidad. Así evitamos que una inspección descubra elementos que no están en la licencia.

Procedimiento de tramitación

Una vez resuelto el primer punto, se pueden plantear los demás para la obra o apertura de actividad. El procedimiento de tramitación es diferente dependiendo del tipo de ejercicio u obra que se vaya a desarrollar.

Uno mismo puede realizar los trámites si es mediante Declaración Responsable, Actuación Comunicada y Comunicación Previa. Si es otro caso, es obligatoria la ayuda de un técnico.

Además cada caso tiene costes, documentación y tiempos diferentes. Hay que informarse bien del procedimiento concreto para cada actividad.

Ayuda de un técnico

Para algunos trámites no es obligatoria la ayuda de un técnico. Pero son difíciles si no se conoce el procedimiento y facilita el trabajo contar con uno.

Si se prefiere la ayuda de un técnico, asegúrate de que tenga experiencia en tramitación de licencias urbanísticas para pedir la solicitud de licencia de actividades en Madrid, o que sepa la normativa de la ciudad para realizar correctamente la obra o apertura de actividad.

Te interesa: Consigue tu licencia de apertura por 120 €.

Si se realiza por cuenta propia, las Entidades Colaboradoras (ECLU) también pueden asesorarte. Aunque siempre será mejor contar con la ayuda de alguien especializado.

La ayuda de un técnico desde el principio, te ayudará a agilizar el proceso. En Ammplio Arquitectos simplificamos todos los trámites administrativos, licencias y certificados.

Elegir la Entidad Colaboradora (ECLU)

La tramitación de la licencia se realiza a través de una Entidad Colaboradora en la gestión de Licencias Urbanísticas (ECLU). Excepto si la actividad se realiza sobre suelo de dominio público o es de titularidad pública.

Las ECLU cobran una tasa por el servicio, antes lo hacía el Ayuntamiento. Todas cumplen unos requisitos impuestos por el Ayuntamiento, pero no todas funcionan igual.

Tienen precios diferentes, algunas cuentan con servicio de asesoramiento gratuito, transparencia en la tramitación… Hay que informarse de qué opción es mejor.

Preparar el coste total de la tramitación

Antes de empezar la actividad, hay que tener en cuenta el coste total de la tramitación. De este modo sabremos si podemos hacer frente a los pagos.

En cada ciudad el coste es diferente, pero lo componen los gastos de: la obra que queramos desarrollar, la tramitación de la licencia, el proyecto técnico…

Tienes que consultar cuáles son los precios de tu ciudad, teniendo en cuenta también tu caso concreto.

Apertura y tramitación del expediente

Los pasos a realizar, dependen del procedimiento concreto para legalizar la actuación. Si el expediente es tramitado por una ECLU, estos suelen ser los puntos a seguir:

  • Se presenta toda la documentación ante la ECLU. Se abona los costes de tramitación y se abre el expediente.
  • Si hay algún error, falta algo o el procedimiento no es correcto, la ECLU nos lo hará saber. Nos explicará qué tenemos que hacer y qué plazo de tiempo disponemos.
  • Si hemos hecho obras, la ECLU te remite al ICIO (Impuesto de Instalaciones y Obras). Este impuesto se paga en el Ayuntamiento y es el 4% del presupuesto de la obra.
  • Después emite el Certificado de Conformidad indicando la validez de la actuación. Se envía al Ayuntamiento para que se realice su registro.
  • Con el Certificado de Conformidad, se puede iniciar las obras y la actividad en los procedimientos más sencillos.

Tramitación de todas las instalaciones

En casi todos los trámites para iniciar una obra o apertura de actividad, no se pide la documentación relacionada con la legalidad de las instalaciones. Esto es porque es competencia autonómica y no municipal.

Dentro de las instalaciones encontramos: protección contra incendios, gas, fontanería y saneamiento, climatización, ventilación y producción de agua caliente.

Pero citaremos de modo general, los trámites para legalizar las instalaciones en Madrid para una obra o apertura de actividad:

  • Las instalaciones tienen que realizarse por un instalador autorizado.
  • Si es compleja la instalación, tienen que hacer una memoria o proyecto técnico.
  • Hay que registrarlas en la Dirección General de Industria Energía y Minas de la Comunidad de Madrid, antes de su puesta en marcha.
  • El instalador emite un Certificado y lo tramitará en el registro de la instalación en la Comunidad de Madrid.
  • Este certificado es necesario para pedir suministro de energía.

Como ves, son muchos procedimientos que hay que seguir para legalizar una obra o apertura de actividad. Contar con la ayuda de expertos, lo hará todo más fácil.

En Ammplio asesoramos a cada cliente de forma individual, porque cada caso es diferente. Contamos con todos los servicios necesarios para la gestión integral de tu proyecto.

 

¿Tienes un proyecto? ¡Cuenta con nosotros!

 

Cómo elegir un buen local para un negocio en Madrid

En el caso de que estés pensando en poner un comercio o una empresa de servicios a particulares, lo ideal es que optes por un local a pie de calle. Aunque te resulte más cara la mensualidad, te merecerá la pena, ya que te aumentará la visibilidad y tendrás muchos más clientes.

También es importante que no haya escaleras, porque podrían ser una barrera para muchos clientes, sobre todo de una cierta edad o con problemas de movilidad reducida. Asimismo, también aconsejamos evitar los sótanos, porque son menos prácticos.

Lo mejor es que exista una buena visibilidad desde todos los ángulos posibles y a las distintas horas del día, para que te asegures de que los clientes potenciales podrán ver tu negocio a pie de calle en todo momento.

Comprueba también que no hay elementos que tapen el cartel de tu local. Por ejemplo, farolas, columnas, marquesinas y demás. Lo mismo en cuanto a los contenedores de basura, porque te podrían tapar una parte de la fachada o bien emitir olores y ahuyentar un poco a los clientes.

¿A pie de calle y en una esquina o mejor en el centro? Depende de la actividad. Para negocios más ‘normales’ podría no ser tan necesario, debido a los costes asociados, ya que cuanto más grande sea un local, más caro resulta.

¿Y por dentro?

En cuanto al interior, lo ideal es que esté libre de barreras y de obstáculos. De este modo, más fácil será de amueblar, mejor te quedará y más económico te saldrá. Por lo que es importante que lo tengas en cuenta.

Si tienes en cuenta todos estos consejos a la hora de alquilar el local perfecto a pie de calle para tu negocio en Madrid, seguro que haces una elección redonda.

¿Te ayudamos?

Recuerda que desde Ammplio podemos ayudarte a elegir un local u otro. Y no solo eso, sino que también te asesoraremos sobre la reforma, decoración y cómo optimizar los espacios para aprovecharlos al máximo y tener un local diez.

Ponte en nuestras manos y te ayudaremos con todo.

 

Actualización:

Con la situación del COVID-19 en la Comunidad de Madrid y la incertidumbre de los empresarios de ocio nocturno, se ha anunciado desde el Gobierno de la Comunidad que se aprobará la semana que viene una licencia mixta.

Se permitirá reconvertir los bares de copas y las discotecas, de forma temporal, en locales de restauración. Esta medida se acota al periodo de meses durante los cuales sigan vigentes las restricciones y, siempre y cuando se cumpla con los requisitos estipulados.

En Ammplio Arquitectos te contamos todo lo que necesitas saber sobre esta medida, y cómo es el proceso en el proyecto de actividad.

 

Madrid anuncia la implantación de una licencia mixta para bares de copas y discotecas

El vicepresidente de la Comunidad, Ignacio Aguado, ha anunciado que a partir del 15 de octubre la Comunidad de Madrid permitirá lanzar un proyecto de ejecución de restaurante a las discotecas, salas de baile y bares de copas con la licencia mixta.

La medida se plantea como la alternativa más plausible, ya que son equiparables y no excluyentes las actividades de estos locales y los del resto de restauración.

De esta forma, todas las discotecas de Madrid podrán mantenerse abiertas con un cambio en la licencia de apertura. Los empresarios que decidan optar por esta reconversión tendrán que acreditar unos requisitos mínimos.

En todo los casos, los negocios de ocio nocturno que opten por servir comidas tendrán que cumplir con las restricciones de aforo y horarios vigentes en la Comunidad.

Pero ¿por qué está medida es tan importante y cómo afecta a los locales?

 

3 Claves para comprender la implantación de actividad comercial

Para iniciar un negocio o emprender una actividad nueva dentro de un loca, se rquiere hacer un Proyecto de Actividad. Este reconocimiento es lo primero que se hace para presentar al Ayuntamiento, pues lleva una Licencia de Actividad.

En Ammplio Arquitectos somos especialistas en desarrollar este tipo de proyectos, conocemos al detalle la normativa actualizada de Madrid y te ofrecemos todas las garantías para su ejecución.

 

1. ¿Qué es un Proyecto de Actividad?

Un proyecto de implantación de actividad combina el trámite administrativo para obtener la Licencia de Actividad, que permite la apertura de un negocio, ejercicio o explotación de actividad en un local determinado (tanto nuevo, como su modificación o ampliación) y el proyecto de transformación del inmueble.

Este proyecto siempre deberá ser realizado por un técnico competente. Nuestros especialistas estudiarán los detalles del inmueble y del edificio de forma pormenorizada, para asesorarte sobre la mejor opción para ti y tu proyecto; te acompañaremos en todo momento y te ofreceremos todas las garantías para que no te preocupes por nada.

 

2. Requisitos para obtener la licencia de actividad

Dependiendo de la actividad, la normativa urbanística puede limitar o regular su implantación, por ello siempre deberemos realizar un Estudio previo de viabilidad que nos permita conocer si es posible su implantación y en qué condiciones. Esto último es lo más importante si eres empresario de ocio nocturno en Madrid, ya que la medida de licencia mixta puede ser una alternativa, pero las condiciones en las que se implantan pueden no compensar la rentabilidad de tu actividad.

Por norma general, para obtener la Licencia de Actividad es indispensable contar con los requisitos descritos en el Código Técnico de Edificación (CTE) (como la Accesibilidad y la Seguridad contra incendios), el reglamento Electrotécnico de Baja Tensión (REBT), el reglamento Instalaciones Térmicas en la Edificación (RITE), las Ordenanzas municipales y, por supuesto, las normativas sectoriales aplicables de cada actividad, reguladas por la Agencia de Actividades.

En este sentido, y al igual que al iniciar la actividad, puede implicar al necesidad de reforma del local, por lo tanto, deberá tramitarse la licencia de Actividad (y en muchas ocasiones también la licencia de funcionamiento) y el proyecto deberá estar redactado por un arquitecto.

 

3. Requisitos para la implantación de la actividad

Para obtener la licencia mixta, hay que tener en cuenta los requisitos exigibles tanto a nivel técnico como a nivel urbanístico vienen condicionados por el tipo de actividad. Por eso es importante redefinir las licencias y a qué sector pertenece.

En el caso concreto de las licencias mixtas para bares de copas y discotecas en Madrid se vería recogido dentro de la actividad de restauración.

 

Requisitos para la implantación de actividad de restauración

La actividad de Restauración viene regulada por el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas, Establecimientos, Locales e Instalaciones. Incorpora condicionantes y requisitos específicos y particulares para el desarrollo de la actividad y su posibilidad de implantación.

La normativa correspondiente a cada actividad depende del tipo de establecimiento que queramos abrir y debemos prestar especial importancia a los requisitos técnico-sanitarios, ya que en la actividad de Restauración es fundamental cumplir con la normativa europea, estatal y autonómica de higiene y manipulación de alimentos. Las categorías más frecuentes en el sector de la Restauración suelen ser bares, restaurantes o cafeterías, pero existen muchas más.

Este tipo de establecimientos, al ser de pública concurrencia deben cumplir también con unos requisitos de accesibilidad específicos y regulados que permitan su uso y disfrute por cualquier persona.

Además de contar con unos requisitos adecuados a las circunstancias que el coronavirus permita. Como viene diciéndose desde las instituciones se debe promover la correcta ventilación, el distanciamiento social y las medidas de prevención necesarias en el local. Por ello se tendrá en cuenta a la hora de la concesión el espacio útil y las infraestructuras con las que cuenten.

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