Cómo legalizar mi vivienda de uso turístico en Madrid (VUT)
Cada Gobierno considera de una determinada manera cómo gestionar ciertos temas. En este caso hablamos de las viviendas de uso turístico (los VUT). Son un tema polémico debido a su proliferación en el centro de las ciudades, sobre todo en Madrid.
Te explicamos cuál es la nueva regulación que deben seguir estas viviendas turísticas y luego cómo poder legalizarla.
CIVUT Normativa
[ACTUALIZACIÓN 2021] Cambios en la Normativa: lo que tienes que saber antes de legalizar tu vivienda ahora
En 2019, el Gobierno de José Luis Martínez-Almeida renovó la normativa para regular los pisos turísticos. De esta forma, decidió que fueran una actividad terciaria, dado que supone un ingreso extra para los propietarios.
En general, el Gobierno de Madrid instauró una serie de medidas que fueron respaldadas por el Tribunal Superior de Justicia restringiendo la situación que han vivido siempre las viviendas de uso turístico en la capital.
Sin embargo, desde 2019, Almeida se propuso hacer un modelo híbrido que ayude tanto a las barriadas como a los propietarios de estos pisos para seguir con su actividad. En definitiva, ha ido llevando esta situación a una normativa más flexible y acorde a las necesidades de todas las partes.
Cambios que podemos encontrar ahora en 2021
Ya en 2019 la normativa para legalizar las VUT estaba en criterios objetivos y parámetros reconocibles. Pasaron a reconocerse las viviendas de uso turístico como un uso terciario y no una actividad gratuita o económica colaborativa.
Ahora, el Gobierno del centro de la ciudad ha figurado dos novedades más. Aquí puedes obtener más información:
- La eliminación del requisito de establecer la entrada de las viviendas con acceso independiente al resto del bloque o urbanización.
- Las VUT solo podrán situarse en bajos o primeras plantas siempre que no haya vecinos debajo.
¿Se establecerán topes en los barrios con mayor saturación?
Tanto el alcalde como el área encargada de esto, que es la de Urbanismo y Desarrollo, han tratado de encontrar la mejor forma para evitar la saturación en determinadas barriadas.
Así, se ha dividido la ciudad en anillos concéntricos para evitar la terciarización. Esta segmentación de los barrios se ha llevado a cabo dependiendo de la concentración de VUT en las zonas.
Aunque todavía no se ha llevado a cabo la aprobación de la nueva normativa, es probable que siga habiendo cambios y que se haga dentro de poco. La necesidad de una estrategia para las VUT es primordial para preservar el centro de la ciudad. Pero también es importante que no se deje de lado a los empresarios que trabajan en este sector.
Te mantendremos al tanto de todas las novedades que vayan surgiendo en cuanto a la regulación de los pisos turísticos en Madrid. Seguro que no son los únicos cambios que veremos en los próximos meses. ¡Recuerda que puedes consultar nuestro servicio sobre la obtención de esta licencia!
¿CÓMO LEGALIZAR TU VUT?
Legalizar el VUT de tu vivienda de uso turístico en la Comunidad de Madrid nunca ha sido tan fácil. Estos son los pasos para poder dar de alta tu vivienda turística en Madrid:
PLANO VISADO DE TU VIVIENDA:
Las viviendas de uso turístico están obligadas a presentar un plano con su distribución, superficies de ventilación/iluminación y, dentro de poco, también será obligatorio un plan de evacuación y extinción de incendios.
- En primer lugar, un arquitecto debe visitar tu vivienda para tomar medidas y realizar un plano de la vivienda acorde a la normativa actual.
- Visado de plano: el arquitecto se encarga de visar el plano en el Colegio de Arquitectos
DECLARACIÓN RESPONSABLE DE VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO:
En segundo lugar, cumplimentar laDeclaración Responsable de Inicio de Actividad de Viviendas de uso Turístico. En la declaración responsable no estás haciendo otra cosa que afirmar que la vivienda cumple con los requisitos establecidos en el DECRETO 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid. Los requisitos que tienen que cumplir en Madrid las viviendas de uso turístico son los siguientes:
- Disponer de cédula de habitabilidad o de la licencia de primera ocupación. Ha sido recientemente derogada.
- Plano Visado de la vivienda firmado por un arquitecto.
- Las viviendas de uso turístico se contratarán amuebladas, equipadas y en condiciones de uso inmediato, debiendo disponer de conexión a medios telemáticos (acceso inalámbrico a Internet Wifi).
- El inmueble deberá estar amueblado y equipado con los electrodomésticos y enseres necesarios para estar en condiciones de uso inmediato incluyendo conexión a Internet. En la práctica, cualquier tipo de vivienda puede alquilarse, basta que dispongan de cocina, baño y dormitorio.
- La vivienda turística no puede destinarse a residencia permanente, por lo que nadie podría vivir en ella durante los meses indicados como “Periodo de Actividad Continuada Anual” en la Declaración.
- En cada vivienda de uso turístico debe especificarse un número de teléfono de atención permanente, para las consultas que los usuarios puedan plantear.
- Las viviendas de uso turístico, por su carácter de establecimientos turísticos, son de libre acceso al público, sin que se pueda restringir su utilización por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión u otra circunstancia personal o social, no pudiendo ser utilizadas con fines de residencia permanente, ni cederse por habitaciones, o de cualquier otra forma que implique segregación o división.
Este decreto no regula el alquilar habitaciones, únicamente regula el alquiler de la vivienda entera.
REGISTRO DECLARACIÓN RESPONSABLE
Una vez cumplidos estos requisitos para legalizar el VUT, se puede presentar la Declaración Responsable acompañada de los siguientes documentos:
- Documento que acredite la disponibilidad del inmueble: normalmente se adjunta la Escritura de Compra-Venta o el Contrato de Arrendamiento.
- Tu DNI / NIF / NIE o Pasaporte.
- Escritura de constitución de la sociedad en el caso de que sea una empresa la que vaya a ejercer la actividad. Si eres un particular, no hará falta.
- Plano de la vivienda firmado del que ya hemos hablado en el punto anterior.
Toda esta documentación puede ser presentada de forma telemática si dispones de un certificado electrónico o de manera presencial en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
Si la documentación es correcta, un agente de la delegación de Turismo podrá visitar tu vivienda para inspeccionarla y verificar que se cumplen todos los requisitos para poder legalizar el VUT. Este paso no es siempre necesario y muchas veces te enviarán el número de licencia sin que nadie haya visitado tu vivienda.
HOSPEDERIAS
Ya con el número de inscripción en el Registro, deberás proceder a la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas de la Dirección General competente en materia de turismo y alta en hospederías, donde se da parte de los viajeros. Una vez con tu número de registro y estando tu vivienda inscrita en el RET, puedes empezar a alquilar tu vivienda a través de cualquier plataforma de alquiler vacacional, como por ejemplo, darte de alta en Airbnb.
Plan Especial de Hospedaje y Viviendas Turísticas en Madrid
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