Cuándo solicitar el Informe de Evaluación de Edificios en Madrid

 In Comunidades de Prop., Normativa

El Informe de Evaluación de Edificios es un documento que acredita el estado de conservación de un edificio dentro de la Comunidad de Madrid. Su implantación no es nueva, ya que lleva en vigor desde 2016 debido al Decreto 103/2016, de 24 de octubre.

Sin embargo,  muchas personas desconocen si deben solicitar el Informe Evaluación Edificios en su comunidad propietarios, o todavía se rige por la antigua acreditación en este respecto. Estaríamos hablando, claro está, de la Inspección Técnica de Edificios o ITE.

Por eso mismo, en Ammplio queremos arrojar un poco de luz sobre el asunto. En este artículo os contamos cuándo solicitar el Informe de Evaluación de Edificios en Madrid

 

En qué casos pedir el Informe de Evaluación de Edificios

A menudo, nos preguntan si un edificio debe pasar la ITE o hace falta obtener el IEE.

Hay que entender que la implantación del Informe de Evaluación de Edificios provoca una sustitución progresiva de la ITE por este.

En ambos casos se trataría de documentación que acredite el buen estado del edificio. Pero detengámonos un poco en qué novedades trajo consigo el IEE respecto a la antigua normativa.

¿Qué es el IEE? ¿En qué consiste la inspección?

El IEE en Madrid es un documento que valora aspectos como la accesibilidad, el correcto estado de conservación o la eficiencia energética de nuestro edificio. Haciendo una equivalencia, se trataría de «una ITV de edificios».

Veamos a qué se refieren con los términos que hemos expuesto arriba:

  • En términos de conservación nos referimos a la integridad de la estructura, el estado de la fachada, los saneamientos…
  • En lo que respecta a la accesibilidad, nada que se salga de la normativa vigente en esta materia. El objetivo es evaluar si el edificio permite o no realizar estos cambios.
  • Por último, se evalúa la eficiencia energética del edificio midiendo varios aspectos, como el aislamiento de cerramientos, fachada o la iluminación.

Por supuesto, para realizar una IEE se necesita la presencia de un arquitecto cualificado para tal fin. El objetivo es que este profesional se encargue de la inspección, el informe y las gestiones administrativas pertinentes.

 

¿Quién tiene que presentarlo?

Es obligación de las comunidades de propietarios de Madrid presentar el IEE en las siguientes situaciones:

  • Si el edificio tiene una antigüedad superior a 50 años desde que finalizan las obras de nueva planta o de rehabilitación.
  • Si el edificio busca acogerse a una ayuda pública para realizar obras de accesibilidad, conservación o eficiencia energética – de acceder a ellas deberá presentar antes el IEE para que el Ayuntamiento vea que está correcto y la inversión no se realiza en vano.
  • Si en cualquier momento la normativa municipal así lo establece en función de la antigüedad, tipología, protección, ubicación, uso, etc. O si son los propios Servicios Técnicos Municipales los que han detectado cualquier problema en el edificio.

En estas situaciones, es necesario actuar y presentar el IEE. Es decir, figura en el Ayuntamiento de Madrid como ‘de carácter obligatorio’ para el caso de los edificios de tipología residencial de vivienda colectiva que tengan más de 50 años o bien que busquen acogerse a ciertas ayudas de conservación.

Además, la IEE afecta no solamente a edificios, sino también a hoteles y residencias. El objetivo es velar por la seguridad de todos, para que cualquier edificio o alojamiento se encuentre en buenas condiciones.

 

¿Cómo se presenta?

Si se tiene la obligación de presentarlo, es necesario adjuntar un archivo generado por la aplicación del IEE, otro firmado por el técnico y por el propietario / representante legal  (o administrador de fincas en caso de que sea pertinente) y una declaración responsable firmada por un técnico competente como detalla en el Anexo del Decreto 103/2016 del 24 de octubre.

Lo mejor es dejarlo en manos de un profesional, de una empresa de arquitectura que tenga la capacidad de analizar y presentar el Informe de evaluación de edificios (IEE). Al fin y al cabo, no es un procedimiento exclusivo de la Comunidad de Madrid, sino que existen inspecciones similares en comunidades.

 

¿Por qué se realiza?

Es una forma de garantizar unas correctas condiciones de habitabilidad, para resolver cualquier problema que pueda haber en un edificio de inmediato, sin que vaya a más. Así como para garantizar unas viviendas dignas y también en términos de accesibilidad, pensando en todas las personas que componen el edificio.

 

¿Qué plazo hay para presentarlo?

El plazo es de 3 meses desde la fecha de la última inspección. Una vez con la documentación recogida, se deja en el Ayuntamiento donde está el edificio. Se comprobará la documentación y en un nuevo plazo de 3 meses se inscribirá en el Registro de Informes de Evaluación de los Edificios de la Comunidad de Madrid.

 

> Nuevas evaluaciones cada año

Es importante tener en cuenta que a medida que los edificios de Madrid cumplen años, se van aproximando a la edad marcada para empezar a realizar el IEE. Así como en los casos mencionados. Por ello, tanto este año 2020 como los próximos 2021 y 2022 serán clave y muchos edificios lo pasarán, por su antigüedad.

Al fin y al cabo, la edad de los edificios de la comunidad de Madrid va a más, no a menos. Por lo que, las inspecciones de edificios en comunidad de propietarios están cada vez más a la orden del día y es importante hacerlas en el momento en el que sea necesario, y no posponerlo.

Desde la propia página del Ayuntamiento ya se puede consultar el listado de Edificios Pendientes de Presentar el I.E.E.

 

¿Debo pasar el IEE o el ITE?

Es más que habitual que los clientes de nuestro estudio de arquitectura en Madrid nos pregunten si deben pasar el IEE o el ITE.

No es para menos, ya que el sistema de elección del método de inspección de edificios puede ser confuso. Por eso mismo, aquí te ponemos las condiciones para tener que pasar por uno u otro.

Mi edificio se construyó ANTES de junio de 1963

Aquí hay dos supuestos:

  • Si el edificio pasó la ITE antes de junio de 2013, debes obtener el IEE cuando toque renovar este informe.
  • Si la ITE corresponde a después de junio de 2013, o no la ha pasado, hay que pasar el IEE.

Mi edificio se construyó DESPUÉS de junio de 1963

En este caso, también tenemos dos supuestos:

  • Si el edificio pasó la ITE antes de junio de 2013, tendrá que pasar el IEE cuando toque renovar la inspección.
  • En todo caso, aquellos edificios que vayan cumpliendo 50 años deberán obtener el Informe de Evaluación de Edificios antes de junio de 2023.

En cualquier caso, el Ayuntamiento de Madrid está en la obligación de enviar cartas informativas sobre el IEE o la ITE a las direcciones de las comunidades de vecinos. Por tanto, informará de qué evaluación deberá pasar tu edificio.

Si lo que necesitas es solicitar el Informe de Evaluación de Edificios en Madrid, podemos ayudarte. En Ammplio tenemos dilatada experiencia en este tipo de cuestiones y en la cumplimentación de informes.

Te lo ponemos fácil, tú solo tienes que contactar con nosotros mediante el formulario que te ponemos debajo. Nosotros nos encargamos del resto.

 

“¿Por qué mi comunidad de vecinos en Madrid debe pasarlo?”

Seguro que llegados a este punto ya tienes más claro por qué tu comunidad de vecinos tiene que pasar la IEE en tu edificio de Madrid. Como ves, no es algo opcional, puede llegar a ser obligatorio y es importante estar al tanto de sí tenéis que pasarlo o no, para no llevarse ningún susto o sorpresa.

No debe verse como un gasto, sino como una inversión. Al fin y al cabo, es una manera de garantizar que todo está bien. Algo que puede ser una tranquilidad para los vecinos que están pero también para los que llegan.

También para el tema de las ayudas públicas es realmente importante, sobre todo si se pretende hacer alguna obra en términos de accesibilidad y se busca ahorrar un dinero. Al pasar este informe, se puede disponer de la subvención y la obra saldría por mucho menos dinero a cada vecino.

 

> Informe de evaluación de edificios en Madrid

En Ammplio ofrecemos este servicio. En nuestro estudio de arquitectura ya hemos realizado el IEE hasta la fecha en más de 500 edificios en la Comunidad de Madrid, consiguiendo más de un 86% de certificados favorables

Si buscas ayuda, nosotros somos de confianza y podemos encargarnos de evaluar tu edificio con total rapidez, profesionalidad y éxito, para que todo vaya lo mejor posible.Ten en cuenta que, la comunidad debe contrastar al menos 3 presupuestos, por lo que debes dejarte asesorar por el mejor equipo.

Con Ammplio, en todo momento conocerás la situación actual y los pasos a seguir. Empezando con una visita e inspección técnica del edificio por parte de un técnico especializado y siguiendo con la evaluación de las condiciones de accesibilidad.

Si tienes dudas, recuerda que puedes preguntarnos. Desde Ammplio será un placer responder a todas tus dudas sobre el IEE en Madrid. ¿Hablamos?

 

Dejar un comentario

segregacion de vivienda ammplioammplio civut vivienda turística en Madrid

Al continuar utilizando nuestro sitio web, usted acepta el uso de cookies. Más información

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra POLÍTICA DE COOKIES, pinche el enlace para mayor información. Además puede consultar nuestro AVISO LEGAL y nuestra página de POLÍTICA DE PRIVACIDAD.

Cerrar