CIVUT: ammplio arquitectos y la nueva normativa
2019 supondrá un punto de inflexión en la normativa de vivienda turística en Madrid. En Ammplio, con la colaboración de nuestros amigos de Alehost.es, hemos resumido todos los requisitos indispensables para que tengas tu alojamiento turístico dentro de la legalidad.
¿Qué necesita tu vivienda turística para estar al día? explicado en 5 puntos
1. Declaración responsable.
- La Declaración Responsable es un formulario en el que el propietario acredita que dispone su casa con fines turísticos. Para cumplir con este requisito, la vivienda ha de tener lo siguiente:
- Tener un salón-comedor, una cocina, un dormitorio y un baño. Se consideran estudios si el salón-comedor y la cocina están integrados con el dormitorio, en este caso se podrán alojar unicamente dos personas.
- El alojamiento turístico ha de estar amueblado y en condiciones de uso inmediato.
- La vivienda vacacional ha de disponer de conexión a Internet vía Wi Fi. Especificar un número de teléfono de atención permanente.
- No discriminar clientes por cuestiones de raza, género, religión, etc.
- No será utilizada con fines de residencia permanente.
2. Registrar la viviendaturística en hospederías.
El registro de huéspedes es una tarea obligatoria para todas las viviendas de uso turístico.
Cada propiedad ha de disponer de un libro de registro de huéspedes e informar a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cada vez que entra un huésped mayor de 16 años en un plazo máximo de 24 horas. Te recomendamos comunicarlo mediante la plataforma webpol.
3. Declarar los ingresos según tu régimen fiscal.
La declaración de ingresos es obligatoria para todos los propietarios o gestores de viviendas vacacionales. El régimen es algo diferente al alquiler tradicional.
Esto va a variar en función de se trata de un particular, declarando anualmente los ingresos por rendimiento del capital inmobiliario; o si se trata de una sociedad, en cuyo caso se declarará trimestramente el IVA y el resumen anual.
¡Nuevo!
4. Tramitar el Civut
El Certificado de Idoneidad de Vivienda de Uso Turístico (Civut) es obligatorio en con la nueva normativa de la Comunidad de Madrid. Este
documento, redactado por un arquitecto, acredita que la vivienda tiene las siguientes garantías mínimas.
CONTENIDO Y REQUISITOS:
- Disponer de suministro de agua, electricidad y climatización.
- Disponer de ventilación directa (ventanas, balcón…) al exterior o a un patio no cubierto.
- Contar con un extintor manual en el interior de la vivienda a menos de 15 metros de la puerta de salida.
- La vivienda tendrá señalización de emergencia básica.
- Será obligatorio un plano de evacuación de la vivienda y el edificio en un lugar visible según normativa UNE.
¡Nuevo!
5. Requisitos mínimos para vivienda turística
- Tener como mínimo de un salón-comedor, cocina, dormitorio y baño. Se consideran estudios si el salón-comedor y la cocina están integrados con el
dormitorio, en este caso se podrán alojar unicamente dos personas. - Tener un número de atención permanente, del propietario o de la empresa de gestión de alojamientos turísticos.
- Disponer de números de emergencias con indicaciones, como mínimo, en inglés y español.
- Las viviendas tienen que estar amuebladas y dispuestas para uso inmediato.
- Contar con una hoja de reclamaciones.
- En función de los metros cuadrados, existe un máximo de plazas que puede ofertar la vivienda simultáneamente. En caso de tener una superficie útil de
menos de 25m2, podrá alojar a dos personas. Si esta es de entre 25 y 40 m², se alojarán cuatro. A partir de ahí, cada 15 m² útiles de más permitirán alojar a un huésped más. - Los titulares de las viviendas turísticas deberán tener un seguro de responsabilidad civil que cubra daños a los usuarios y perjuicios económicos de la actividad.