Certificado de idoneidad para vivienda de uso turístico o CIVUT
330€
El certificado de idoneidad más completo y adaptado a la nueva normativa.
¡Nueva normativa! Si lo que buscas es tranquilidad y no tener que preocuparte por nada, nosotros nos encargamos de todo. Visitamos tu apartamento turístico, recopilamos toda la documentación y gestionamos los trámites con la administración, garantizando tu vivienda registrada en menos de una semana.
Un técnico especializado visita tu vivienda para medir y concretar los detalles contigo; realizamos los planos de la vivienda; tramitamos tu Declaración Responsable; añadimos el CIVUT y todo listo. ¡Así de sencillo!
El registro de una vivienda turística es el procedimiento mediante el cual se comunica a la administración mediante declaración responsable que se está ejerciendo una actividad continuada de la prestación de un arrendamiento vacacional o alquiler de temporada. Aunque comunmente es conocida como licencia de alquiler turístico, no hay que confundirlas, pues las licencias de vivienda turística o de actividad generalmente las regulan otros organismos municipales y solo en algunos casos es preceptiva, como es el caso de Madrid capital.
En nuestro estudio hemos realizado el alta de más de 2000 viviendas turísticas en la Comunidad de Madrid; contamos con la experiencia necesaria y conocemos toda la normativa aplicable. Por esta misma razón vamos a explicarte todo el procedimiento a seguir, de manera clara y transparente desde el principio para que no tengas que preocuparte por nada.
Preparamos toda la documentación necesaria para que registres tu vivienda según decreto 79/2014 por el que se regulan las viviendas de uso turístico (conocida coloquialmente como LICENCIA TURÍSTICA) y los requisitos del nuevo DECRETO 29/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 79/2014, de 10 de julio. Además, te daremos instrucciones claras y sencillas para que puedas poner tu piso turístico en funcionamiento.
Nuestros precios son cerrados e incluyen el procedimiento completo para que sepas todos los pasos necesarios y los gastos que vas a tener por adelantado. Además, como nos gusta la transparencia, nuestro precio para el registro de viviendas de uso turístico va desglosado y podrás reconfigurar tu presupuesto o quitar y poner partidas si lo consideras necesario o ya las tienes hechas.
CÓMO DAR DE ALTA TU VIVIENDA TURÍSTICA ( VUT ) CON TODAS LAS GARANTÍAS
El registro de una vivienda turística consiste en un procedimiento administrativo mediante el cual se garantiza que se cumplen todos los requisitos legales que se establecen en la normativa sectorial de Turismo y Urbanismo, así como otras normativas para que regulan el alquiler vacacional.
El alta de una vivienda vacacional se tramita en el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente y la documentación adicional como plano visado o CIVUT tendrá que estar redactado por un Arquitecto o técnico competente.
Para el registro de una vivienda turística, es necesario que el inmueble tenga uso de vivienda (aunque también será admisible en suelo terciario según casos) y que cumpla con los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad exigidos en la normativa reguladora de viviendas de uso turístico. Hasta ahora los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas se valían de la Cédula de Habitabilidad, pero ha sido recientemente derogada en muchas autonomías. Actualmente la mayoría de las comunidades autónomas exigen un plano visado o licencia de primera ocupación de la vivienda turística. En el caso de la Comunidad de Madrid ya es de carácter obligatorio la presentación del CIVUT, incluido en nuestros servicios.
Al tramitar el alta en la administración autonómica, el interesado o titular declara mediante Declaración Responsable que la vivienda cumple con todos estos requisitos. Así, una vez tramitada, la administración emitirá un número definitivo de vivienda turística con el que se podrá ofertar la vivienda en los diferentes canales de alquileres vacacionales como Airbnb, Homeaway o Wimdu.
Respecto a la Comunidad de Propietarios, es necesario comprobar que las viviendas de uso turístico no están limitadas por los Estatutos de la Comunidad de Propietarios. Generalmente, la mayoría de comunidades no las prohíben por no tener unos estatutos redactados ad hoc y remitirse la mayoría a la Ley de Propiedad Horizontal.
Una vez inscrita la vivienda turística en el Registro de Empresas Turísticas, será necesario tramitar el Alta en Hospederías para poder comunicar los registros de viajeros.
Finalmente queremos hacerte saber que una vez tramitemos el alta de la vivienda, te daremos unas instrucciones muy sencillas para que puedas gestionar tu vivienda turística en el día a día de manera adecuada. Aunque si prefieres desentenderte de la gestión, nuestros colaboradores de Alehost.es te podrán ayudar.
Los requisitos establecidos en el decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid, de aplicación en todo el territorio se resume en los siguientes puntos:
Una vez revisados que todos estos requisitos se cumplen y es viable el alta de la vivienda turística, nuestro equipo procederá con la redacción y cumplimentación de la documentación. En nuestro procedimiento te mostramos LA MANERA CORRECTA de dar de alta una vivienda turística.
RECUERDA QUE, EN LOS SERVICIOS DE AMMPLIO ARQUITECTOS, TODOS LOS TRÁMITES ESTÁN INCLUÍDOS HASTA LA FINALIZACIÓN DEL PROYECTO. SOMOS TRANSPARENTES DESDE EL PRINCIPIO PARA QUE CONOZCAS TODOS LOS PASOS NECESARIOS Y SU PRECIO
1 Declaración Responsable según decreto 79/2014:
– Cumplimentación de la Declaración Responsable conforme a la vivienda turística
– Redacción de la documentación adjunta
– Determinación de número de ocupantes según decreto 79/2014
– Se tramita electrónicamente el registro, acortando en varias semanas el proceso. Te enviaremos copia del registro en menos de 24h.
2 Plano Firmado de la Vivienda:
– Toma de medidas y distribución de la vivienda.
– Medidas de huecos de fachada y huecos de paso.
– Toma de datos de instalaciones y servicios disponibles.
– Levantamiento de plano a escala y acotado conforme a normativa.
– Etiquetado de la distribución y superficies.
– Envío por correo electrónico de los planos con firma colegial COAM.
– Certificado de Visado.
3 CIVUT:
– Toma de medidas y distribución del edificio.
– Levantamiento de plano de evacuación.
– Indicación de señalización de emergencia y colocación de elementos de seguridad.
– Redacción de certificado conforme a normativa.
– Indicación de distribución, equipamientos y elementos de seguridad.
– Certificación de instalaciones, calefacción, suministro de agua y energía.
– Etiquetado de distribución y superficies.
– Indicación de superficies de ventilación.
4 Seguimiento durante 5 años:
Documentos necesarios:
Los honorarios para dar de alta un piso turístico varían en función del tamaño del proyecto. Esta es nuestra tarifa para la tramitación de una vivienda turística: