REGISTRO COMPLETO VIVIENDA TURÍSTICA

Registro Completo Vivienda turística con CIVUT

¡Nueva normativa! Si lo que buscas es tranquilidad y no tener que preocuparte por nada, nosotros nos encargamos de todo. Visitamos tu apartamento turístico, recopilamos toda la documentación y gestionamos los trámites con la administración, garantizando tu vivienda registrada en menos de una semana.

Un técnico especializado visita tu vivienda para medir y concretar los detalles contigo; realizamos los planos de la vivienda; tramitamos tu Declaración Responsable; añadimos el CIVUT y todo listo. ¡Así de sencillo!

¿Que es el registro de una vivienda turística?

El registro de una vivienda turística es el procedimiento mediante el cual se comunica a la administración mediante declaración responsable que se está ejerciendo una actividad continuada de la prestación de un arrendamiento vacacional o alquiler de temporada. Aunque comunmente es conocida como licencia de alquiler turístico, no hay que confundirlas, pues las licencias de vivienda turística o de actividad generalmente las regulan otros organismos municipales y solo en algunos casos es preceptiva, como es el caso de Madrid capital.

¿Por qué contar con Ammplio Arquitectos para dar de alta tu vivienda turística?

En nuestro estudio hemos realizado el alta de más de 2000 viviendas turísticas en la Comunidad de Madrid; contamos con la experiencia necesaria y conocemos toda la normativa aplicable. Por esta misma razón vamos a explicarte todo el procedimiento a seguir, de manera clara y transparente desde el principio para que no tengas que preocuparte por nada.

Preparamos toda la documentación necesaria para que registres tu vivienda según decreto 79/2014 por el que se regulan las viviendas de uso turístico (conocida coloquialmente como LICENCIA TURÍSTICA) y los requisitos del nuevo DECRETO 29/2019, de 9 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica el Decreto 79/2014, de 10 de julio. Además, te daremos instrucciones claras y sencillas para que puedas poner tu piso turístico en funcionamiento.

Nuestros precios son cerrados e incluyen el procedimiento completo para que sepas todos los pasos necesarios y los gastos que vas a tener por adelantado. Además, como nos gusta la transparencia, nuestro precio para el registro de viviendas de uso turístico va desglosado y podrás reconfigurar tu presupuesto o quitar y poner partidas si lo consideras necesario o ya las tienes hechas.

¿Cuales son los requisitos para dar de alta tu piso turístico?

CÓMO DAR DE ALTA TU VIVIENDA TURÍSTICA ( VUT ) CON TODAS LAS GARANTÍAS

El registro de una vivienda turística consiste en un procedimiento administrativo mediante el cual se garantiza que se cumplen todos los requisitos legales que se establecen en la normativa sectorial de Turismo y Urbanismo, así como otras normativas para que regulan el alquiler vacacional.

El alta de una vivienda vacacional se tramita en el órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente y la documentación adicional como plano visado o CIVUT tendrá que estar redactado por un Arquitecto o técnico competente.

 

PROCEDIMIENTO DE ALTA DE UNA VIVIENDA VACACIONAL

Para el registro de una vivienda turística, es necesario que el inmueble tenga uso de vivienda (aunque también será admisible en suelo terciario según casos) y que cumpla con los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad exigidos en la normativa reguladora de viviendas de uso turístico. Hasta ahora los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas se valían de la Cédula de Habitabilidad, pero ha sido recientemente derogada en muchas autonomías. Actualmente la mayoría de las comunidades autónomas exigen un plano visado o licencia de primera ocupación de la vivienda turística.  En el caso de la Comunidad de Madrid ya es de carácter obligatorio la presentación del CIVUT, incluido en nuestros servicios.

Al tramitar el alta en la administración autonómica, el interesado o titular declara mediante Declaración Responsable que la vivienda cumple con todos estos requisitos. Así, una vez tramitada, la administración emitirá un número definitivo de vivienda turística con el que se podrá ofertar la vivienda en los diferentes canales de alquileres vacacionales como Airbnb, Homeaway o Wimdu.

Respecto a la Comunidad de Propietarios, es necesario comprobar que las viviendas de uso turístico no están limitadas por los Estatutos de la Comunidad de Propietarios. Generalmente, la mayoría de comunidades no las prohíben por no tener unos estatutos redactados ad hoc y remitirse la mayoría a la Ley de Propiedad Horizontal.

Una vez inscrita la vivienda turística en el Registro de Empresas Turísticas, será necesario tramitar el Alta en Hospederías  para poder comunicar los registros de viajeros.

Finalmente queremos hacerte saber que una vez tramitemos el alta de la vivienda, te daremos unas instrucciones muy sencillas para que puedas gestionar tu vivienda turística en el día a día de manera adecuada.  Aunque si prefieres desentenderte de la gestión, nuestros colaboradores de Alehost.es te podrán ayudar.

 

REQUISITOS PARA LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

VER REQUISITOS PARA LAS VIVIENDAS DE USO TURÍSTICO

Los requisitos establecidos en el decreto 79/2014 de la Comunidad de Madrid, de aplicación en todo el territorio se resume en los siguientes puntos:

 

1  Requisitos mínimos y condiciones

  1. Todas las VUT estarán compuestas, como mínimo, por un salón-comedor, cocina, dormitorio y baño, pudiendo denominarse»estudios»cuando en el salón-comedor-cocina esté integrado el dormitorio y cuente con un máximo de dos plazas en camas convertibles.
  2. En cada vivienda de uso turístico debe especificarse un número de teléfono de atención permanente, para las consultas que los usuarios puedan plantear.
  3. Las viviendas de uso turístico se contratarán amuebladas, equipadas y en condiciones de uso inmediato, debiendo disponer de conexión a medios telemáticos (acceso inalámbrico a Internet Wifi).
  4. Las VUT, por su carácter de establecimientos turísticos, son de libre acceso al público, sin que se pueda restringir su utilización por razones de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión u otra circunstancia personal o social, no pudiendo ser utilizadas con fines de residencia permanente, ni cederse por habitaciones, o de cualquier otra forma que implique segregación o división.
  5. Las viviendas de uso turístico se clasificarán en una única categoría.

 

2  Precios

  1. Los precios de todos los servicios que se oferten se expondrán en lugar visible a la entrada de cada vivienda de uso turístico.
  2. En el precio del alojamiento se entenderán incluidos los suministros de agua, energía, climatización, uso de ropa de cama y baño y limpieza de habitaciones.

 

3  Placa distintiva

  1.  En la puerta de entrada de cada vivienda de uso turístico, en lugar visible, se exhibirá la placa distintiva, según el modelo determinado en el Anexo IV al presente Decreto.

 

4  Seguro de responsabilidad

  1.  Los propietarios o, en su caso, sus representantes deberán disponer de seguro de responsabilidad civil que cubra los riesgos de los usuarios

 

5  CIVUT

  1.  El CIVUT estará a disposición de los usuarios de las viviendas de uso turístico

Una vez revisados que todos estos requisitos se cumplen y es viable el alta de la vivienda turística, nuestro equipo procederá con la redacción y cumplimentación de la documentación. En nuestro procedimiento te mostramos LA MANERA CORRECTA de dar de alta una vivienda turística.

¿Cuál es el procedimiento y qué incluye este servicio?

RECUERDA QUE, EN  LOS SERVICIOS DE AMMPLIO ARQUITECTOS, TODOS LOS TRÁMITES ESTÁN INCLUÍDOS HASTA LA FINALIZACIÓN DEL PROYECTO. SOMOS TRANSPARENTES DESDE EL PRINCIPIO PARA QUE CONOZCAS TODOS LOS PASOS NECESARIOS Y SU PRECIO

1  Declaración Responsable según decreto 79/2014:

¿Como tramitamos la Declaración Responsable?
  • Redacción de declaración responsable:

– Cumplimentación de la Declaración Responsable conforme a la vivienda turística

– Redacción de la documentación adjunta

– Determinación de número de ocupantes según decreto 79/2014

 

  • Tramitación electrónica del procedimiento:

– Se tramita electrónicamente el registro, acortando en varias semanas el proceso. Te enviaremos copia del registro en menos de 24h.

 

  • *el tiempo y la asignación definitivos de VT depende de la administración. No obstante tu vivienda será operativa desde el momento de registro.

2  Plano Firmado de la Vivienda:

¿Como hacemos el Plano Firmado de tu Vivienda?
  • Un técnico especializado visitará tu vivienda:

– Toma de medidas y distribución de la vivienda.

– Medidas de huecos de fachada y huecos de paso.

– Toma de datos de instalaciones y servicios disponibles.

 

  • Levantamiento de planos:

– Levantamiento de plano a escala y acotado conforme a normativa.

– Etiquetado de la distribución y superficies.

* enviamos en 24h la copia del plano para que puedas poner en marcha tu vivienda.

 

  • Envío por correo electrónico:

– Envío por correo electrónico de los planos con firma colegial COAM.

– Certificado de Visado.

3  CIVUT:

¿Como redactamos el CIVUT Firmado de tu Vivienda?
  • Levantamiento de planos según UNE: 23035: 2015:

– Toma de medidas y distribución del edificio.

– Levantamiento de plano de evacuación.

– Indicación de señalización de emergencia y colocación de elementos de seguridad.

 

  • Redacción de certificados:

– Redacción de certificado conforme a normativa.

– Indicación de distribución, equipamientos y elementos de seguridad.

– Certificación de instalaciones, calefacción, suministro de agua y energía.

– Etiquetado de distribución y superficies.

– Indicación de superficies de ventilación.

4  Seguimiento durante 5 años:

  • Garantía: seguimiento de la normativa aplicable a tu vivienda durante 5 años y envio de avisos ¡Gratis!

Documentos necesarios:

  • DNI/NIF del interesado
  • Documento que acredite la disponibilidad del inmueble: escritura, nota simple o contrato de alquiler.
  • Escritura de constitución de la sociedad, en su caso.
  • Autorización. Te la enviamos nosotros.

¿Cual es el presupuesto de tramitar una vivienda turística?

Los honorarios para dar de alta un piso turístico varían en función del tamaño del proyecto. Esta es nuestra tarifa para la tramitación de una vivienda turística:

*Firma colegial incluida. IVA 21% no incluido. Este servicio no incluye cartelería ni instalación de elementos de seguridad, que deben estar previstos antes de la visita. Consúltanos si tienes dudas al respecto. El seguimiento de la normativa es un servicio gratuíto. 
*Este servicio no está disponible de manera temporal en el municipio de Madrid. Para el municipio de Madrid dirígete a LICENCIA DE VIVIENDA TURÍSTICA
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